Este 3 de julio de 2001 entró en vigencia el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes en el marco de la Ley 24.071, que establece el derech de los Pueblos Originarios a decidir la mejor forma de desarrollo
El convenio 169 de la OIT busca garantizar «el derecho de los pueblos indígenas a decidir sus propias prioridades en lo que atañe al proceso de desarrollo, en la medida en que afecte sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual y a las tierras que ocupan o utilizan de alguna manera, controlar, en la medida de lo posible, su propio desarrollo económico, social y cultural». Esto implica su derecho a tener un trabajo digno, preservando el respeto por sus creencias y respetando su territorio.
Asimismo, el convenio establece que «Es responsabilidad de los Gobiernos desarrollar, con la participación de los pueblos interesados, una acción coordinada y sistemática para proteger sus derechos y garantizar el respeto a su integridad.»
Este 3 de julio se cumple un nuevo aniversario de su ratificación en 1992 por la ley 24.071 y es el instrumento internacional que reconoce los derechos de los Pueblos Indígenas, y establece en el Estado Nacional la responsabilidad de hacerlo cumplir teniendo como piedra fundamental el respeto por el otro y por la otredad.
Desde APCD promovemos y reclamamos el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT, haciendo respetar el caracter preexistente de los Pueblos Originarios, su derecho a un trabajo digno y al respeto por los territorios entendiéndolos no solo como recursos naturales, sino como un espacio cargado de significacion, de historia y como parte del propio pueblo.
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